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AGENDA DIGITAL PERUANA - DNI ELECTRONICO

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS DERECHO INFORMÁTICO ·          INTEGRANTES: ü   BRENDA MANCILLA COHAILA ü   ESTEFANY RAMOS LUPACA ü   GRISBENIA ADELYS PACO MAMANI ü   LIZBETH RODRIGUEZ LAQUITA ü   RENÁN YHON LLANO ATENCIO TACNA 2017   INDICE AGENDA DIGITAL DE ESPAÑA……………………………………………………….2 AGENDA DIGITAL 2.0 COLOMBIA……………………………………………………3 AGENDA DIGITAL URUGUAY………………………………………………………….5 AGENDA DIGITAL CHILE – 2015-2020………………………………………………..8 AGENDA DIGITAL PERUANA……………………………………………………….11 EL DNI ELECTRÓNICO EN LA ACTUALIDAD………………………………………12 EL CHIP DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD CUENTA CON TRES APLICACIONES: (VENDRÍA A SER COMO EL DNI ELECTRÓNICO EN PERÚ)……………………………………………………………………………………14 CONCLUSIONES………………………………………………………………………..15 WEBGRAFIA…………………………………………………………………………….16 AGENDA DIGITAL DE ESPAÑA El Documento

SEMINARIO INTERNACIONAL DEL DERECHO PROCESAL

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SEMINARIO INTERNACIONAL DEL DERECHO PROCESAL EL HECHO: JURISTA ARGENTINO: “Se puede hacer varias versiones verdaderas sobre un hecho y varias versiones falsas sobre ese mismo hecho” En la demanda y en la contestación de la demanda se narran los hechos. EL ABOGADO: Este no debe ser un mentiroso consiente. EL TESTIGO: Tiene la obligación jurídica de decir la verdad. Puede ser  verdadera o falsa su versión. EL JUEZ: Tiene una obligación jurídica de establecer y de resolver con la verdad. NORMAS: El hecho es punto central de la decisión. teoría moderna reconoce por varias razones que ningún texto tiene un sentido solo predeterminado, hay varias interpretaciones posibles de un hecho. El juez interpreta y aplica la norma entre el hecho especifico y el tipo de hecho que establece la norma. ESTRUCTURA CONDICIONAL: Condición Consigecia Provoca la muerte de alguien.- condición fáctica  ( hecho) Si es verdad se aplica la norma. Metáfora: El ojo del jue

CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA Y CONTRATACIÓN INFORMÁTICA

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 CONTRATACION ELECTRONICA Y CONTRATACION INFORMATICA   DESARROLLAR EL SIGUIENTE CUESTIONARIO: 1. DIFERENCIA ENTRE CONTRATACIÓN ELCTRÓNICA Y CONTRATACIÓN INFORMÁTICA.DE UN EJEMPLO DE CADA UNO. CONTRATATACIÓN ELECTRÓNICA.   podemos definir la contratación electrónica   o telemática como el tráfico de mensajes dentro de una red que permite la negociación, conclusión y ejecución de contratos. Mencionamos telemática, al ser el tratamiento automático de información a distancia, lo que supone la existencia de un emisor y un receptor que intercambian mensajes entre sí. El tráfico de mensajes es el flujo de información que transcurre entre emisor y receptor de mensajes y que contiene datos acerca de actividades relacionadas con la contratación. Por tanto, el flujo de mensajes es la contratación telemática.   CONTRATO INFORMATICO Entendemos que son todos aquellos convenios cuyo objeto sea un bien o servicio informático, independientemente de la vía por la que se celebren. El